Departamento / Organismo Autónomo
Educación, Universidades e Investigación
Dirección de Innovación Educativa
Entablar y estrechar relaciones con alumnos y familias de entornos vascófonos puede resultar de gran utilidad para quienes se encuentran en situaciones más desfavorecidas a la hora de alcanzar niveles y usos adecuados en euskara. Su entorno resulta, por otra parte, atractivo tanto a nivel cultural como por brindar la posibilidad de contacto directo con ámbitos urbanos e industrializados.
Los centros de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma Vasca. Las ayudas van destinadas a grupos de alumnos de los tres modelos lingüísticos, es decir, A, B o D.
40.000,00 euros
ORDEN de 6 de marzo de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para la promoción de intercambios entre centros escolares (IKABIL).
Nombre y Apellidos: Iñaki Artola y Santos Izagirre
Tef.: 945.01.83.45
Fax: 945.01.83.36
E-mail: huiseus3@ej-gv.es
huiseus5@ej-gv.es
Hoja de solicitud
Hoja para la confección de lista de interesados
Para la inclusión en el listado de centros interesados: antes del 9 de mayo de 2008
Para la solicitud: antes de 6 de junio de 2008
En la Delegación Territorial de Educación antes del 6 de junio. Dentro de ese mismo plazo podrá también presentarse en Correos en sobre abierto, a fin de sellar y fechar el impreso de solicitud, y enviarse así certificado a la dirección abajo indicada. (Puede también entregarse en cualquiera de las dependencias establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
GOBIERNO VASCO (Educación)
Servicio de Euskara (IKABIL) Donostia-San Sebastián, 1 01010 Vitoria-Gasteiz
No se describen
Viceconsejería de Educación
Antes del 31 de agosto de 2008.
Resolución de 16 de julio de 2008
Desestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Impreso de solicitud (331 KB) que acompaña las bases.
Hoja para la confección de lista de interesados. (156 KB)
Los centros que perciban ayudas deberán enviar antes del 29 de mayo de 2009, a la dirección especificada en la base 15, la documentación siguiente:
a) Cuestionario valorativo en el que se dará cuenta del resultado del intercambio (deberá cumplimentarse el impreso que se enviará a los centros junto con la notificación de la ayuda).
b) Facturas originales o fotocopias compulsadas justificativas de los gastos producidos por la realización del intercambio. En el caso de los centros públicos, las facturas originales se guardarán en el propio centro a disposición de los órganos encargados del control económico.
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
08/04/2008