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Explicación del Nivel A de Conformidad

Ayudas a la producción de materiales escolares audiovisuales publicados en euskera (EIMA II)

 

Departamento / Organismo Autónomo

Educación, Universidades e Investigación


Órgano gestor

Dirección de Innovación Educativa


Objeto

Ayudas a la producción de material escolar audiovisual publicado en euskera, con el fin de poner a disposición de alumnos y profesores material audiovisual escolar adecuado.


Destinatarios/as

Productores de material escolar


Dotación económica

350.000,00 euros


Normativa reguladora

ORDEN de 18 de septiembre de 2007, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas a la producción de materiales escolares audiovisuales publicados en euskera (Eima II).

 


Personas de contacto

Tef.: 945-018343
Fax: 945-018336
E-mail:
huiseima@ej-gv.e


Documentación a aportar

Documentación a presentarse junto con la hoja de solicitud:

1.– Documentación del proyecto. Toda esta documentación se presentará por duplicado.

a) Informe de presentación: justificación del proyecto, dónde y cómo se origina, objetivo educativo concreto que se desea satisfacer y posibilidades concretas de aplicación.

b) En el caso de que el proyecto presentado tenga solicitada la autorización para el material escolar o si bien ya ha sido aprobado, deberá presentar la documentación que lo acredite.

c) Avance de la guía didáctica (véase el artículo 21).

d) Avance del guión literario.

e) Guión técnico, story-board o escaleta.

f) Presupuesto detallado y justificado en la forma habitual de cada empresa/persona productora.

g) Detalles del equipo que se utilizará en las diferentes fases del trabajo y, también, de las personas que participen en las mismas.

2.– Documentación de la empresa/persona productora. Si los documentos presentados son copias, obligatoriamente deberán estar cotejadas o autentificadas.

a) Documentación que acredite estar inscrito en el registro de empresas audiovisuales del Ministerio de Cultura, en el caso de vídeo.

b) Cuando el/la solicitante sea una persona física, copia de su DNI. En caso de que la solicitante sea una empresa (C.B. –Comunidad de Bienes-, S.A. -Sociedad Anónima-, S.L. -Sociedad Limitada-), se presentará junto al acta o escritura de la empresa, una copia del nombramiento del/la representante legal y de su DNI.

c) En el caso de empresas productoras, se presentará una copia del NIF (Número de Identificación Fiscal).

d) Certificado extendido por la Diputación Foral o Hacienda Pública correspondiente, acreditativo de que la empresa/persona productora se encuentra al corriente en los pagos de los impuestos correspondientes.

e) Certificado acreditativo de estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social, sólo en el caso de empresas (S.A., S.L., Coop).

f) Declaración jurada acreditativa de que se poseen los derechos de autor y/o permisos de autor para llevar adelante el proyecto presentado, firmada por el/la representante legal de la empresa.

3.– Cuando una empresa/persona productora presente más de un impreso de solicitud, se admitirá que la documentación correspondiente al apartado 2.– Documentación de la persona/empresa productora sea única para todas los impresos, salvo la del punto f).

4.– Si alguno de los documentos señalados arriba se hubiera presentado a esta administración con anterioridad, el/la solicitante no deberá volver a presentarlo si esa documentación permanece en manos de esta administración y si no han pasado más de cinco años, ateniéndose a lo mencionado en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A pesar de todo, el/la solicitante deberá comunicar al Departamento de Educación en qué día, órgano u oficina presentó el mencionado documento al realizar la solicitud.

5.– Si se presenta un proyecto para la continuación de una serie, para cumplimentar los requisitos de los puntos c), d) y e) del apartado 1.– Documentación del proyecto, se presentará un par de ejemplares de los capítulos ya producidos.

 


Plazo de presentacion

04/10/2007  -  03/11/2007


Lugar presentación solicitudes

Gobierno Vasco
Departamento de Educación, Universidades e Investigación (Sección EIMA II)
c/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 - VITORIA-GASTEIZ

DELEGACION TERRITORIAL DE EDUCACION DE ALAVA
J.T. Innovación Educativa
C/ San Prudencio, 18, Bajo
01005 Vitoria-Gasteiz

DELEGACION TERRITORIAL DE EDUCACION DE BIZKAIA
J.T. Innovación Educativa
C/ Gran Vía, 85
48011 Bilbao

DELEGACION TERRITORIAL DE EDUCACION DE GIPUZKOA
J.T. Innovación Educativa
C/ Andía, 13
2004 Donostia-San Sebastián

O en cualquiera de las dependencias que señala la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Regímen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su artículo 38.4.


Descripción de los trámites

No se describen


Órgano que resuelve

El Viceconsejero de Educación


Plazo de resolución

En el plazo máximo de seis meses

Resolución de 28 de diciembre de 2007



Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso Potestativo de Reposición
Recurso Contencioso-Administrativo


Formularios

Impreso de solicitud a disposición en las Delegaciones, en el Servicio de Euskera y en Internet


Otros documentos

No hay


Observaciones

No hay


Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

03/10/2007