La elaboración de las bases, programas y contenido de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de funcionario de carrera o laboral fijo de los colectivos propios, la designación de los tribunales calificadores de las mismas, y la organización y gestión del proceso selectivo
La elaboración de las bases de los concursos de traslados del personal funcionario docente de enseñanza no universitaria, el nombramiento de las comisiones baremadoras y la gestión de su desarrollo.
La elaboración de las bases y la gestión de los concursos de méritos para proveer las plazas de los servicios de investigación y apoyo a la docencia de enseñanza no universitaria.
La gestión y el control de la nómina del personal adscrito al Departamento, salvo las competencias que en esta materia tengan atribuidas otros órganos de la Administración.
La previsión de los gastos del personal propio.
La dirección de la negociación colectiva propia y las relaciones con los sindicatos.
El control del absentismo laboral y la elaboración de los estudios estadísticos correspondientes.
El registro de personal del Departamento, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La declaración de las situaciones administrativas y la concesión del reingreso al servicio activo de los funcionarios docentes no universitarios, cuando no corresponda hacerlo a otra instancia.
La resolución de los expedientes de compatibilidad y la declaración de las jubilaciones forzosas y por incapacidad física.
La concesión de las comisiones de servicio, y de los permisos y las licencias que no concedan otros órganos.
La emisión de directrices e instrucciones oportunas para la más adecuada gestión de los recursos humanos.
La propuesta de las relaciones de los puestos de trabajo no docentes de enseñanza no universitaria.
En general, la jefatura de personal y los actos de administración y gestión ordinaria.