Mediante el Real Decreto 893/2011, de 24 de junio, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en enseñanzas no universitarias (BOE 30-06-2011), se aprueban las funciones y servicios transferidos a la CAPV:
a. La homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros no universitarios de países CON y SIN tablas de equivalencia de estudios
b. El reconocimiento de estudios no universitarios en centros extranjeros radicados en el ámbito territorial de la CAPV
c. La homologación y convalidación de estudios extranjeros no universitarios correspondientes con nuestros estudios de Formación Profesional y enseñanzas de régimen especial
d. El reconocimiento, a efectos laborales, de estudios extranjeros equiparables a los españoles de cursos anteriores a 4º de la ESO.
e. La expedición de la credencial de homologación o convalidación
Folleto informativo, con instrucciones y contacto sobre homologación, convalidación, reconocimiento y acreditación de estudios extranjeros
Tabla de equivalencias de estudios por país
Modelo de solicitud de homologación y convalidación de títulos y estudios no universitario
Notas informativas sobre el cálculo de nota media:
Nota informativa sobre homologación y convalidación de estudios de sistemas educativos extrajeros a sus equivalentes de ciclos formativos de Formación Profesional
Modelo de volante de inscripción condicional en centros docentes o exámenes oficiales
Modelo de solicitud de reconocimiento, a efectos laborales, de estudios extranjeros con referencia a los cursos 2º o 3º de la ESO
Solicitud de certificado que acredite haber obtenido la homologación / convalidación de títulos o estudios extrajeros al correspondiente español, por extravío de la credencial