Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco

Departamento de Educación, Universidades e Investigación

euskadi.net

Inicio

Estás en:
  1. Inicio
  2.  
  3. Personal
 

Personal / Gestión de personal - Docentes

Abono periodo vacacional

De conformidad con lo establecido en el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario Docente no Universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi, regulado por el Decreto 182/2007, de 23 de octubre, toda persona funcionaria interina que haya prestado servicios en un curso escolar durante un período igual o superior a 165 días, percibirá las retribuciones correspondientes a los meses de julio, agosto y, en la parte que pudiera corresponder, septiembre.

Estos derechos son extensibles a aquel personal que haya prestado servicios por un periodo inferior a 165 días en proporción al tiempo de servicios prestados por cuerpo, nivel y dedicación.

Resolución de 18 de abril de 2011, por la que se reconoce el abono del periodo vacacional al funcionariado interino que haya prestado servicios durante el curso 2010-2011 (BOPV 06-06-2011)