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Las necesidades temporales de personal que se producen en los centros públicos no universitarios a lo largo del curso se atienden con un servicio de sustituciones. A fin de que la cobertura de estas sustituciones se realice a través de un proceso objetivo, transparente y lo más operativo posible, se ha configurado una lista única de candidatos/as a sustituciones, integrada por las siguientes personas:
1. Los/as candidatos/as a sustituciones que figuran en la lista de sustituciones de la red pública.
2. Aquellas personas que, cumpliendo los requisitos generales exigidos para el acceso a la lista de candidatos/as, presentan solicitud para ingresar en las mismas, con ocasión de su apertura, y además resulten admitidas.
La normativa sobre gestión de la lista de candidatos/as se establece en la Resolución de 26 de mayo de 2004 de la Directora de Gestión de Personal (BOPV 11-06-04) que aprueba nuevas Instrucciones. Manteniendo los principales criterios de la norma anterior, incluye las modificaciones producidas con posterioridad, actualiza terminología e introduce algunas novedades que aconsejaba la experiencia en la gestión de la lista.
Por otra parte, la Resolución de 20 de abril de 2005, la Resolución de 18 de mayo de 2005, la Resolución de 20 de junio de 2006, Resolución de 26 de marzo de 2007 y la Resolución de 11 de diciembre de 2007, de la Directora de Gestión de Personal, aprueban modificaciones de la tabla de titulaciones y especialidades, que corrige errores y omisiones de la anterior.
Como todos los años antes de la finalización del curso escolar, se va a realizar el proceso de rebaremación de los méritos de los/as candidatos/as integrados/as en la lista. En este proceso se permitirá a los/as candidatos/as presentar nuevos servicios prestados, corregir posibles errores o introducir modificaciones en las opciones:
1.- Territorios históricos donde desea hacer sustituciones.
2.- Modalidades de jornada para cada territorio.
3.- Opción de Perfiles a impartir.
4.- Opción de Enseñanzas trilingües.
5.- Títulos académicos.
6.- Servicios prestados.
7.- Especialidades.
8.- Otros datos.
9.- Actividad Musical.
Para ello, los/as candidatos/as a sustituciones podrán:
El plazo para visualizar e imprimir la ficha y/o para recogerla en las citadas Delegaciones es el siguiente: desde el día 22 de abril, martes, hasta el día 30 de abril de 2008, miércoles, (ambos inclusive).
NOTA: Los/as candidatos/as que durante el curso escolar 2007/2008 han permanecido en situación de renuncia justificada permanecerán en dicha situación a lo largo del curso 2008/2009 si no indican en el plazo anteriormente señalado que desean volver a la situación de disponibles.
Si el/la candidato/a desea introducir modificaciones, añadir o eliminar datos en alguno de los apartados mencionados anteriormente, podrá utilizar una Hoja de Reclamaciones, disponible en esta página, o bien recogerla en las propias Delegaciones Territoriales de Educación. A esta hoja se deberán adjuntar todos los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos para cada apartado en los que desee añadir o modificar algo.
El plazo para realizar reclamaciones es el mismo que para la recogida de las fichas: desde el día 22 de abril, martes, hasta el día 30 de abril de 2008, miércoles (ambos inclusive).
Resolución de 16 de mayo de 2008 , de la Directora de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se hace pública la lista provisional de candidatos/as a sustituciones en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Resolución de 4 de junio de 2008 , de la Directora de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, por la que se hace pública la lista definitiva de candidatos/as a sustituciones en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  
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