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Candidatos y candidatas a sustituciones > Preguntas más frecuentes Buzón

Apertura de listas 

1.- ¿Qué es la lista de candidatos y candidatas?

Un servicio de sustituciones que atiende las demandas de los centros educativos respecto a las solicitudes de sustitución del conjunto del personal docente público de la Comunidad Autónoma del País Vasco con garantías de calidad y eficacia

2.- ¿Quiénes forman parte de la lista?

La lista de candidatas y candidatos, que es única y en la que se asigna una puntuación a cada una/uno de ellas/os, está integrada por los colectivos que venían realizando sustituciones

3.- ¿Cómo se entra en la lista?

Una vez abierto el plazo de inscripción de las listas en cualquiera de los tres Territorios Históricos y cumplidos los requisitos generales de acceso a las mismas    –ver pregunta nº 7-, entregando solicitud y documentación en la Delegación/es de Educación correspondiente/s

4.- ¿Cuándo se abren las listas?

En el momento en que se detectan necesidades de profesorado para sustituciones de alguna especialidad o especialidades a lo largo del curso escolar en cualquiera de los Territorios Históricos

5.- ¿Se da alguna publicidad a la apertura de listas?

Dicha apertura se anuncia en prensa, normalmente los domingos, además de en esta misma página web dentro del apartado "Novedades"

6.- ¿Se da alguna publicidad a las listas de sustituciones?

Las listas de candidatos y candidatas a sustituciones admitidos y admitidas, excluídos y excluídas, son publicadas en el tablón de anuncios de las correspondientes Delegaciones Territoriales de Educación, además de en la página web del Departamento de Educación, Universidades e Investigación: www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net, dentro del apartado: Personal / Provisión de Personal-Docentes/ Candidatas/os a sustituciones / Apertura de listas

7.- ¿Qué requisitos hay que tener?

Los requisitos generales de obligado cumplimiento para el acceso a listas de candidatos y candidatas son la titulación académica y la titulación en euskera (perfil lingüístico 1 ó 2). No obstante, podrá excepcionarse el requisito de perfil lingüístico para el acceso a listas, en aquellas especialidades en las que las necesidades de personal sustituto previsiblemente no puedan ser cubiertas con candidatos y candidatas a sustituciones que cumplan el requisito de perfil. Aquéllos y aquéllas que no cumplan este requisito sólo serán llamados a realizar sustituciones y pasarán a formar parte de la lista de gestión de candidatos y candidatas a sustituciones en caso de no existir solicitantes que cumplan dicho requisito


8.- ¿Qué asignaturas se pueden impartir?

Las especialidades que podrán ser impartidas por los candidatos y las candidatas a sustituciones serán:

* Para el nivel de Educación Secundaria, Formación Profesional, Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, y de Música y Artes Escénicas, las que, en función de la titulación acreditada, se recogen en la Tabla de titulaciones y especialidades que se publica en el Anexo 3 de la Resolución de 26 de mayo de 2004, de la Directora de Gestión de Personal ( BOPV 11-VI-2004 ), y sus posteriores modificaciones según Resolución de 20 de abril de 2005 (BOPV de 9-V-2005 ), Resolución de 20 de junio de 2006 (BOPV de 6-VII-2006 ) y Resolución de 3 de abril de 2009 (BOPV de 24-IV-2009   )

* Para el nivel de Educación Infantil y Primaria, en función de las titulaciones establecidas para las habilitaciones de los Maestros en las Ordenes de fechas 14 de octubre de 1993 (BOPV 23-XI-1993 ) y su modificación posterior de fecha 26 de julio de 1999 (BOPV 1-IX-1999 ), así como en las Resoluciones de la Directora de Gestión de Personal de fecha 26 de mayo de 2004 (BOPV 11-VI-2004 ), y su posterior modificación: Resolución de 18 de mayo de 2005 (BOPV 7-VII-2005   )

9.- ¿Cómo se ordena la lista?

Los y las candidatos y candidatas se ordenan de mayor a menor puntuación, obtenida ésta por la aplicación del baremo establecido en el artículo 3 de la norma de candidatos y candidatos a sustituciones: experiencia docente, experiencia laboral en la especialidad, expediente académico, actividad musical y criterios para deshacer empates de puntuación. No obstante, para las sustituciones en los niveles de Formación Profesional y Enseñanzas de Música, a dicha puntuación se sumará la obtenida por la experiencia laboral y actividad musical, respectivamente

10.- ¿Cómo se entrega la solicitud y qué documentación se tiene que aportar?

La documentación que se debe aportar en la Delegación Territorial de Educación correspondiente se puede resumir en:

  Certificación de acreditación del perfil lingüístico 1 docente o equivalente y/o perfil lingüístico 2 docente o equivalente. Decreto 48/2009 de 24 de febrero de 2009 (BOPV 13-III-2009 )

Equivalentes PL1 Docente: PL2 IVAP; 2 Nivel HABE; PL2 Osakidetza; PL1 Ertzaintza; 4º EOI CAPV y Navarra (plan antiguo); Nivel avanzado (B-2, plan nuevo) EOI CAPV y Navarra

Equivalentes PL2 Docente: EGA; PL3 IVAP; 3 Nivel HABE; PL3 Osakidetza; PL2 Ertzaintza, Certificado Aptitud ó 5º curso EOI CAPV, Navarra, Madrid (plan antiguo); Certificado Aptitud ó C-1 de EOI CAPV, Navarra, Madrid  (plan nuevo) y Certificado “D” Euskaltzaindia)

  Declaración jurada  de no haber sido separada/o, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el desempeño de funciones públicas

  Experiencia docente en centros públicos no universitarios mediante presentación de fotocopia compulsada del nombramiento o contrato y del cese, a la que se adjuntará, si tuviera, hoja de servicios compulsada para acreditar los servicios prestados fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco

  Experiencia docente en centros privados mediante presentación de certificado expedido por la dirección del centro donde conste la duración de los servicios, con el visto bueno de la Inspección, o fotocopia compulsada del contrato, y certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (Teléfono: 901.502.050) donde conste el nombre del centro (empresa) y el/los período/s de alta

  Experiencia laboral en la especialidad mediante certificado expedido por la empresa donde conste la duración de los servicios o fotocopia compulsada del contrato en el que se especifique el trabajo desempeñado, y certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (Teléfono: 901.502.050) donde conste el nombre de la empresa y el/los período/s de alta

  Fotocopia compulsada del título y expediente académico

  Fotocopia del D.N.I.

  Impreso de solicitud


11.- ¿Cómo se ve si se está admitida/o excluída/o?

Las listas provisionales y definitivas tanto de admitidas/os como de excluídas/os se publican tanto en el tablón de anuncios de la Delegación Territorial de Educación correspondiente como dentro de esta misma página web en el apartado Personal / Provisión de personal-Docentes / Candidatas/os a sustituciones / Listas